Introducción a los 39 Artículos
Expresa la doctrina oficial de la Iglesia Anglicana de Chile.
Los 39 Artículos de Religión, que expresan la doctrina oficial de la Iglesia Anglicana de Chile, tomaron, para todo efecto práctico, su forma actual en el año 1571 en Inglaterra. Fueron la obra de un movimiento teológico que abrazó el enfoque bíblico de la reforma y quiso excluir enseñanzas incompatibles con la revelación bíblica provenientes tanto de la iglesia medieval como de algunas tendencias radicales de la reforma. No son un compendio pleno o sistemático de creencias, sino una declaración de la postura de la Iglesia inglesa sobre algunos de los puntos principales que fueron discutidos en aquel tiempo.
Su propósito fue mantener la unidad de la Iglesia Anglicana en Inglaterra y Gales, evitando el exceso de diversidad y fortaleciendo el común acuerdo sobre la religión verdadera. Al no haber sido revisados por más de 400 años — salvo para adecuar al contexto actual fuera de Inglaterra los art. XXXVI y XXXVII sobre las relaciones con las autoridades civiles —, los Artículos reflejan el ambiente de su época en que la polémica se desarrollaba en paralelo con el estudio crítico. Esto explica la forma severa en que se formulan algunas de las críticas contra los abusos romanos.
Por siglos desde su aprobación oficial en 1571, los ministros de la Iglesia Anglicana hicieron una declaración de asentimiento a los Artículos con ocasión de su ordenación y nombramiento a cargos pastorales. En muchas partes — provincias — de la Comunión Anglicana durante los últimos cincuenta años, la forma de asentimiento ha sido modificada a fin de que represente la aceptación general de los principios resumidos en ellos en vez de la ratificación al pie de la letra de cada afirmación específica. En Chile, se ha retenido deliberadamente una forma de asentimiento específica por considerar que ésta es un requisito de mucha importancia para la protección de una doctrina pura y sana en la Iglesia.
La lectura y el estudio de los artículos también pueden ser de mucho provecho para todos los miembros de la Iglesia para clarificar y enfatizar la enseñanza bíblica de la Iglesia Anglicana sobre los temas que se tratan. Dicho esto, es necesario agregar que es preciso complementar sus enseñanzas para resolver cuestiones que fueron ignoradas en aquella época y algunos artículos necesitan de interpretación para hacerles relevantes para las circunstancias de hoy, p.ej. el art. XXI sobre los Concilios Generales.
En cuanto a sus énfasis principales, los Artículos pueden dividirse en la manera siguiente [Los números entre paréntesis después de cada grupo señalan algunos artículos que tienen relación especial con asuntos más pertinentes en el día de hoy]:
A. 1-5 El Dios Trino y Uno (1, 2, 4)
B. 6-8 La Regla de la Fe (6)
C. 9-18 La Vida Cristiana Personal (9, 15, 18)
1. 9-14 La Justificación
2. 15-18 La Santificación
D. 19-36 La Vida Cristian en la Comunidad de la Iglesia (20, 25, 28)
1. 19-24 La Iglesia y el Ministerio
2. 25-31 Los Sacrementos
3. 32-36 Problemas de Disciplina en la Iglesia
E. 37-39 Iglesia y Estado.
Gran número de nuestros artículos — 25 de ellos — son aceptados en su forma original como norma de doctrina de las Iglesias Metodistas y Metodistas Pentecostal.
El Artículo 34 contiene una declaración que es especialmente importante para el desarrollo y crecimiento de la Iglesia Anglicana en las repúblicas Sudamericanas. Enfatiza el derecho de cualquier Iglesia nacional de ordenar, modificar y dejar de usar cualquier ceremonia o rito de la Iglesia que haya sido instituido por las autoridades humanas para adecuar su culto para la edificación según sus necesidades particulares.
Artículos 1-5: El Dios Trino y Uno
Estos artículos expresan la compresión bíblica ortodoxa y tradicional de la Iglesia de la naturaleza de Dios en su carácter esencial y su perfecta manifestación en Jesucristo. Estas declaraciones son comunes a todas las ramas de la Iglesia de Cristo, pero muchas sectas modernas enseñan ideas radicalmente diferentes acerca de Dios y niegan el fundamento básico de la fe Cristiana. Los Mormones, los Testigos de Jehová y la Ciencia Cristiana, no aceptan que Jesucristo es plenamente Dios.
Otras tendencias, como por ejemplo, los Unitarios, Sólo Jesús y el Baha’ismo niegan la personalidad y deidad plena del Espíritu Santo, mientras muchos más no aceptan la autoridad absoluta de las enseñanzas del Hijo de Dios en sus vidas.
Artículos 6-8: La regla de la fe
Estos definen la fuente fundamental y final de autoridad en cualquier asunto de religión y la ubican en la Biblia. Esto es particularmente importante en la actualidad en América del Sur, cuando por una parte, la Iglesia Romana sigue insistiendo en su derecho absoluto a definir y expresar asuntos de la fe Cristiana, mientras que por otra parte un número creciente de personas considera que ellas mismas tienen la autoridad y derecho de escoger lo que van a creer. Lo expresan diciendo: “¡Tengo fe a mi manera!”.
Ni la iglesia ni el individuo pueden adjudicarse el saber la verdad absoluta de Dios, excepto hasta donde ambos son específicamente instruidos por la enseñanza de la Palabra de Dios y se basan firmemente en ella.
Artículos 9-18: La Vida Cristiana Personal
La Justificación (9-14): Comenzando con la naturaleza del pecado, estos artículos enseñan que los seres humanos no pueden lograr su propia salvación. La predisposición hacia el pecado es una característica universal y fundamental de la naturaleza humana. Ponen énfasis en el hecho de que una fe viva en Jesucristo es el único camino a la salvación. Esta no puede ser jamás premio al mérito nuestro, sino que todo es el resultado del favor inmerecido de Dios hacia nosotros.
La Santificación (15-18): El cristiano convertido y comprometido es todavía un pecador: caerá y tendrá que arrepentirse. Las buenas obras deben caracterizar el comportamiento cristiano, pero nunca pueden proveernos méritos que justifiquen nuestra salvación. La forma pastoral en que el art. XVII trata el tema complicadísimo de la predestinación es digno de elogió; pero tal vez el artículo más relevante para hoy sea el que lo sigue en que se enfatiza de nuevo que ni las buenas intenciones ni las buenas obras serán suficientes para conseguir la salvación: ésta se encuentra solamente en Cristo.
Artículos 19-36: La vida cristiana en la comunidad de la Iglesia
Su propósito fue el de clarificar la enseñanza bíblica en contraste con la enseñanza de la Iglesia de Roma por un lado y de los Anabaptistas por el otro lado. En algunos casos se hace referencia a doctrinas y prácticas específicas.
La Iglesia y el ministerio (19-24): En particular tratan las limitaciones de la Iglesia como institución humana que puede errar. La Iglesia organizada tiene una autoridad legítima en asuntos secundarios de gobierno y práctica de la adoración, pero tal autoridad es siempre secundaria a la Palabra de Dios. Por esta razón no puede introducir nuevas doctrinas o demandar fe en cosas que la Escritura no enseña claramente.
Una de las funciones de la Iglesia es mantener el debido orden en el ministerio y nadie debe ejercer un ministerio solamente porque él siente un llamado: este debe ser ratificado por la comunidad.
Los Sacramentos (25-31): Esta sección trabaja temas que eran muy controversiales. Los sacramentos dependen de la gracia de Dios por su intermedio el Señor obra en el cristiano. Queda claro que, para los anglicanos, son solamente dos los sacramentos instituidos por nuestro Señor. Además, aunque su eficacia depende de la gracia de Dios, es preciso usarlos dignamente y con fe para poder conseguir plenamente los beneficios que ellos significan. El tema de la Santa Comunión fue tan discutida que fue necesario dedicar cuatro artículos a él.
Problemas de disciplina en la Iglesia (32-36) : No hay un tratamiento competo, sino que se define la respuesta anglicana a cinco problemas específicos: los clérigos tienen derecho a casarse; la excomunión y sus consecuencias prácticas; las tradiciones de la Iglesia; normas para doctrina sana, y la validez de las ordenaciones anglicanas.
Artículo 37-39: Iglesia y estado
Estos artículos finales ayudan a definir las distintas esferas y jurisdicciones de las autoridades civiles y eclesiásticas. Dadas las grandes diferencias entre las condiciones sociales y políticas del siglo XVI y del XXII, es la sección que necesita de más complementación que cualquier otra.
En oposición a algunos anabaptistas y reformadores radicales, se consagra el derecho individual a la propiedad privada y se clarifican algunos asuntos y prácticas que pueden causar problemas a las conciencias del pueblo Cristiano: en particular el tomar las armas en defensa de su propio país y el uso de juramento en el caso de procedimientos legales.